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ASESORÍA EN ASUNTOS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

requisitos para formar una cooperativa

ASESORÍA EN ASUNTOS DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

  • Constitución de nuevas Organizaciones (Asociaciones y Cooperativas)
  • Ingreso y Salida de los Socios o Asociados de las organizaciones que están bajo el control de la SEPS
  • Exclusión de los Socios o Asociados de las organizaciones que están bajo el control de la SEPS (Superintendencia de Economía Popular y Solidaria)
  • Registro de nuevas Directivas de las organizaciones que están bajo el control de la SEPS
  • Realizar la Adecuación de Estatutos de las Organizaciones que desean incorporarse al control de la SEPS
  • Reforma de Estatutos Adecuados de las Organizaciones que están bajo el control de la SEPS
  • Sustanciación de denuncias presentadas por los socios y asociados de las Organizaciones, para poder resolver las mismas
  • Impugnación de actos administrativos (resoluciones, multas, juicios coactivos, oficios, etc..) en vía administrativa y judicial
  • Suspensión de actos administrativos en via administrativa y judicial
  • Silencio administrativo
  • Excepciones a la coactiva en vía judicial
  • Demandas constitucionales de actos administrativos (acciones de protección, habeas data, medidas cautelares, acciones extraordinarias de protección)

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¿Qué es la Economía Popular y Solidaria (EPS)?

Es una rama de la economía que tiene como fin principal valorar el trabajo del ser humano por sobre el capital, mediante el ejercicio de actividades y actos solidarios que no se apegan a observar las ganancias lucrativas, sino más bien propenden a obtener excedentes que son repartidas en partes iguales a todos los integrantes.

Se practica EPS mediante la creación de organizaciones tales como cooperativas, asociaciones, bancos comunales, cajas de ahorro y crédito, que tengan como fin la realización de actividades de producción o prestación de servicios.

¿Cómo se constituye una organización EPS?

La personería jurídica de una organización EPS es otorgada por le Superintendencia de Economía Popular y Solidaria SEPS, que al mismo tiempo es el ente de control y vigilancia.

La constitución depende del tipo de organización que se quiera crear, pues en el área de la EPS se conoce dos sectores muy bien definidos, siendo estos el sector FINANCIERO, relacionados a las organizaciones que realizan actividades de intermediación financiera como las cooperativas de ahorro y crédito; y el sector NO FINANCIERO o también conocido como real, que se refiere a aquellas organizaciones que realizan actividades de producción o prestación de servicios como las cooperativas de transporte.

¿Una organización EPS es igual que una compañía?

No, su naturaleza es completamente opuesta. Un fin fundamental de una compañía es obtener lucro de sus ganancias, mientras que las organizaciones EPS buscan una distribución equitativa de sus excedentes. Las compañías tiene dueños que vienen a ser los accionistas, siendo el accionista mayoritario quien toma las decisiones.

En la EPS no existen dueños, no existen acciones, todos sus integrantes tienen los mismos derechos y obligaciones y las decisiones se las toma por mayoría de votos en asamblea general. Las compañías negocian sus acciones, las organizaciones EPS no pueden negociar sus acciones porque simplemente no existen, los actos que realizan son actos solidarios que nacen por su calidad de socio, por ello, dicha calidad no es transferible ni transmisible.

Las compañías funcionan con un contrato social, las organizaciones EPS rigen su vida jurídica con un estatuto aprobado por la SEPS. Las compañías se rigen por la Ley de Compañías, las organizaciones EPS por la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y el Código Orgánico Monetario y Financiero.

¿Los actos que emiten las organizaciones EPS son impugnables?

Si. El caso de una asamblea mal realizada, o una exclusión de socio sin el respeto al debido proceso otorgan al afectado el derecho de acudir al órgano de control como es la SEPS. Pero como estas organizaciones están sujetas al control de la SEPS. También pueden ser objeto de multas o sanciones, por lo que tienen el derecho de impugnar tales resoluciones en sede administrativa o judicial.

¿Que deben observar las organizaciones EPS para su buen funcionamiento?

El cimiento para que se sostenga y funcione la organización EPS es tener un buen gobierno cooperativo. Un grupo de administradores que velen por el cumplimiento del estatuto social y sus reglamentos, así como la ley de la materia. Las actuaciones deben cumplirse respetando los procedimientos emitidos por la autoridad de control.

Cuando esto no se cumple, la organización queda expuesta a sanciones administrativas por parte de la SEPS, sin perjuicio de que puedan ser demandados por la vía civil y hasta penal. Es importante que una organización EPS esté continuamente asesorada por un grupo técnico conformados por auditores y abogados especialistas en la materia.



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